Hacienda somos todos
«Tengo un amigo que» está siendo investigado por la declaración de 2011 por Hacienda.
Pongamos a «nuestro amigo» en el mapa: Trabaja en el sector del desarrollo y la consultoría web. Lleva casi 4 años como autónomo y 2013 está siendo de largo el más duro. Desarrolla su trabajo principalmente en casa (dato este importante) desplazándose a ver a clientes cuando los proyectos lo requieren. Y de forma anecdótica, nunca ha retrasado un pago a Hacienda en estos años, ni se dedica a meter facturas que podríamos denominar «arriesgadas». Paga a sus proveedores y Hacienda religiosamente…
Pues bien, ahora Hacienda le reclama los importes de iva referidos a la facturación por telefonía móvil y fija, internet y la compra de un terminal, dado que no se puede probar que el gasto de estos recursos sea al 100% de uso exclusivo para su actividad profesional. Tiene su gracia, ¿ no? Es decir, que por esa regla de tres si trabajas en casa no puedes desgravarte NADA, y además la presunción de inocencia se transforma en presunción de fraudelento por defecto.
Por no hablar de las dificultades para poder probar la exclusividad de este tipo de gastos. Más cuando la mayoría de ellos se pagan mediante tarifa plana. Pero veámoslo por casos:
- Telefonía fija: Se puede entender, al fin y al cabo es un teléfono de casa que puede usarse para temas personales, pero me pregunto, ¿ la gente en su trabajo no llama a casa, a su suegra, o quién les da la gana?
- Telefonía móvil: Pues lo mismo, en este caso el uso es principalmente profesional. ¿ Qué se tendría que hacer? Tener dos líneas de teléfono, una profesional y otra personal… estaríamos igual, ¿ Cómo demostrarías el uso de cada una de ellas?
- Terminal: Tener un móvil de última generación es una necesidad del sector, pruebas de desarrollos, etc. además de acceso al correo electrónico (fundamental para la actividad profesional) por no hablar de tener que estar 24×7 conectado por posibles incidencias.
- Internet: Cómo se puede desarrollar una actividad profesional sin la principal herramienta. Es más, ¿ quién puede decir que cualquier uso de internet (incluido por ejemplo el acceso a páginas porno, periódicos digitales o redes sociales) no son debido a necesidades de trabajo? A veces hay que analizar la competencia, o cómo realiza alguna acción una determinada página.
Volviendo al argumento anterior, que nos serviría para todos los puntos. ¿ En las empresas no realiza uso no laboral de internet o el teléfono? de hecho serviría para casi cualquier factura de cualquier tipo: material de oficina, agua, luz, etc. cualquier tipo de factura referida a consumo básicamente es potencialmente fraudulenta (pero no sólo las de un autónomo, las de las empresas también) ¿ quién puede asegurar un uso del 100% para el desarrollo de actividad laboral? Si compro un pc y un día mis hijos juegan al buscaminas ¿ya no puedo presentar factura?
El primer paso de alegaciones está dado, obviamente han sido desestimadas, porque eso que el juez sea además parte es lo que tiene. Así que invitan al susodicho a pagar ipso facto, eso sí, con intereses de demora desde que abonaron la declaración allá por Noviembre…
Siguiente paso, pagar o recurrir, ante la propia entidad o ante el TEAR, con muy pocas posibilidades de éxito y por tanto condenado a pagar o acabar en la justicia ordinaria, con todo el gasto que conlleva (tasas, abogados…)
No sé si legalmente hay algo que hacer al respecto, pero me parece muy injusto que no dejen desgravarse a un profesional por sus principales herramientas de trabajo, por motivos que no cumpliría ninguna sociedad. Pero claro, hay que recaudar a toda costa, a base de exprimir a los de siempre.
¿Así es como iban a ayudar y equiparar a los autónomos? Con este panorama casi apetece cerrar el chiringuito, meter la pasta (si queda algo) debajo del colchón y pasarse a la economía sumergida.
Autor: Juan Castells

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